Porqué no se cumple la sentencia?

carta-directorSr. Director:

Según información publicada en la prensa el pasado 1 de junio de 2015; Reganosa lleva a París su proyecto de creación de un centro de suministro de gas para el transporte marítimo en la Ría de Ferrol; participan además, el Puerto de Ferrol, Navantia, la Xunta de Galicia y la Universidad de Santiago.

La planta de gas está en la ilegalidad según la sentencia del tribunal supremo del 11 de mayo de 2012. Conviene recordar la normativa a los responsables de ese proyecto.

1º.- A la Xunta de Galicia, que parece importarle más su participación del 17,5 % en Reganosa, que velar por la seguridad de los ciudadanos, debería volver a leer el Reglamento de Actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas (RAMINP) en vigor en el momento de las puesta en marcha donde indica que la distancia a zonas habitadas no puede ser inferior a 2.000 metros. Pero la planta de gas está situada a 100 metros del núcleo de Mehá, a 900 metros de Mugardos y a 1.500 metros del núcleo de Ferrol.

2º.- La autoridad portuaria también debería volver a leer la UNE EN 1532, la cual indica que los buques cargados con gas natural licuado puedan, en caso de emergencia, salir a mar abierto en el tiempo más breve posible y sin ayuda ajena: esto es imposible por el canal de entrada a la ría, de 4,5 Km de largo, donde hay que hacer 5 cambios de rumbo; entonces los buques necesitan ayuda tanto para entrar como para salir, y además sólo se puede hacer con pleamar.

Un accidente con un buque cargado dentro de la ría podría ocasionar una tragedia. No entiendo cómo tardan tanto tiempo en ejecutar la sentencia del tribunal supremo.

Andrés Sanjurjo Martínez

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