Aceptan el recurso de apelación y tiene que repetirse el juicio del acusado de matar a su mujer en Narón

En la fot. el asesino a la izquierda.

La Sala de lo Civil y Penal del TSXG ha estimado el recurso de apelación presentado por Juan Fraga Allegue considerado culpable por un jurado popular de haber matado a su mujer en Narón en diciembre de 2015.

El tribunal entiende que “se debe declarar que la sentencia impugnada, y el veredicto en el que se apoya, adolecen de falta de motivación, defecto que conlleva la declaración de nulidad por atentar al derecho a la tutela judicial efectiva”. Como consecuencia de esta nulidad, la Sala ordena que con nuevo tribunal del jurado y diferente magistrado presidente, se celebre un nuevo juicio oral.

Se indica en la resolución del TSXG, que “la sentencia impugnada se ha limitado a llevar a cabo la plasmación de una somera referencia a la prueba practicada sin explicitar absolutamente nada en relación a su valor probatorio; y tratándose de indicios los elementos incriminatorios principales –lo que sí pone de relieve- en modo alguno se ponen de manifiesto cuáles son y por qué se tienen por ciertos, pero es que, además, no hay rastro alguno del juicio de inferencia que, necesariamente, debe constar en la resolución que se apoya en esta prueba para llegar a la destrucción de la presunción de inocencia”.

HABÍA SIDO CONDENADO A 20 AÑOS DE PRISIÓN

Fot. arch Galicia Ártabra

El presidente del Tribunal del Jurado que consideró culpable de asesinato al hombre acusado de acabar con la vida de su mujer en diciembre de 2015 en Narón le había impuesto una condena de 20 años de prisión, pena solicitada tanto por la acusación particular, ejercida por el hijo de la víctima, como por la popular, a cargo de la Xunta.

Además, debería indemnizar a cada uno de sus dos hijos en la suma de 100.000 euros a cada uno. Según informó el 18 de enero de este año el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), de conformidad con el veredicto del jurado, la sentencia de la Audiencia Provincial de A Coruña considera probado que el acusado, Juan Fraga Allegue, de 79 años, agredió a su esposa en el marco de un plan premeditado cuando la mujer se encontraba sentada en la cama.

Así, el fallo argumenta que le propinó «golpes violentos en la cara» desde atrás y, tras aturdirla, «le dio diversos cortes con un cuchillo muy afilado», lo que le provocó la muerte. Según consta en la resolución judicial, tras al crimen, el acusado «desordenó la habitación contigua al dormitorio y cogió en ella algunas joyas que guardó bajo una alfombrilla de su vehículo para simular un robo».

El magistrado ha tenido en cuenta a la hora de fijar la pena la circunstancia agravante de parentesco. De este modo, se integra este asesinato, según indica, «en la llamada violencia de género, circunstancia de extraordinaria gravedad no tanto por la repercusión social y adaptación relativamente reciente de nuestra legislación».

VIOLENCIA DE GÉNERO

Por otra parte, remarca el hecho de que «el ámbito familiar o de convivencia íntima supone un contexto tan ajeno por su propia naturaleza a toda violencia que quien lo destruye de forma tan brutal como es el caso, tiene una especial responsabilidad desde el punto de vista de un dolo intensificado y de una maldad cruel e ininteligible».

No obstante, el fallo también tenía en cuenta que, por la ludopatía que presentaba el acusado, concurre la circunstancia atenuante de anomalía psíquica. La sentencia se ha hecho pública después de que el jurado declarase por mayoría de siete votos a favor y dos en contra, culpable de asesinato al hombre.

Por seis votos a favor, frente a tres, se opuso a la revisión de la pena y también al indulto. Además, consideró que hubo «un plan premeditado» por parte del procesado, aspecto que recoge el fallo.lLa Fiscalía –que inicialmente reclamaba 15 años de cárcel por un delito de homicidio– solicitó una pena de 18 años de prisión, mientras que la acusación particular, en representación de uno de los hijos del matrimonio, pidió 20 años. Por su parte, la defensa, que solicitaba la absolución, avanzó la posibilidad de recurrir el fallo.

En la vista, el acusado negó los hechos y alegó que todo fue un robo, algo que rechazaron las acusaciones para quien la muerte de la mujer se produjo a primera hora de la mañana, antes de que el acusado abandonase el hogar para realizar una serie de gestiones con el que supuestamente era su compañero sentimental.

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