Fene-Ayudas para entidades sin animo de lucro

Con la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia del extracto de las bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, las entidades sin fines de lucro para el año 2021, desde el próximo lunes, día 25 de noviembre hasta el lunes 8 de noviembre a las 14.00 horas permanecerá abierto el plazo de solicitud

Estas ayudas que tienen como finalidad: contribuir al normal funcionamiento del tejido asociativo (gasto corriente); mantenimiento de instalaciones, así como la realización de actividades de carácter cultural, deportivo, educativo, de defensa de los derechos del vecindario y gastos de funcionamiento.

La cuantía que destina el Concello de Fene a esta convocatoria es de 105.800 €, incrementándose el importe máximo de subvención por entidad en el caso de las deportivas y culturales.

Tanto las solicitudes de subvenciones como la justificación se presentarán por sede electrónica https://sede.fene.gal/opencms/gl/ y  https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do o por cualquier otro de medios contemplado en el artículo 16 de la Ley 39/2015. No se admite la presentación en papel en el Registro General.

Podrán optar a estas subvenciones las entidades que, en el momento de presentar la solicitud de subvención, sean sin ánimo de lucro; tengan sede y desarrollen sus actividades en el Concello de Fene; estén legalmente constituidas y estén inscritas en el registro correspondiente con los datos actualizados; no incurran en causas de incompatibilidad o incapacidad para ser beneficiarias o perciban subvenciones de la Administración pública dispuestas en el artículo 13 de la Ley 38/2003 general de subvenciones; y que las actividades para las que se solicita subvención sean de interés para el Concello.

Será subvencionables las actividades que se desarrollen a lo largo del ejercicio de 2021 o, en el caso de las que duren un curso académico o temporada deportiva, las realizadas en el curso/temporada 2020/2021. Este año, con carácter excepcional y dada la suspensión de muchas competiciones deportivas durante la temporada, serán subvencionables los gastos derivados de la inscripción de equipos, fichas federativas, mutualidades y equipaciones correspondientes a los primeros meses de la temporada 2021-2022, siempre que se realizasen y abonasen con anterioridad al plazo fijado para la justificación de la inversión de la subvención. Por otro lado, y también con carácter excepcional, podrán presentar a efectos de baremación los equipos con los que salen en la temporada 2021-2022.

Se admitirán como justificantes de gasto los realizados y pagados en los primeros meses de la temporada 2021- 2022. Las ayudas se abonarán en un único pago una vez finalizado el período de justificación, señalado para el 29 de noviembre.

Extracto de la convocatoria en el BOP núm. 202, de este viernes, día 22 de octubre de 2021

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