La festividad de la Epifanía del Señor se traslada al 7 de enero y la de San José al 18 de marzo en 2013

La festividad de la Epifanía del Señor se traslada al lunes 7 de enero debido a que en el año 2013 dicha fiesta cae en domingo, mientras que la de San José se trasladará un día, al 18 de marzo, en el año 2013 para que caiga en lunes y no en martes, como correspondería al 19 de marzo, con el fin de evitar un puente más largo (de cuatro días), según se desprende del decreto aprobado por el Consejo de Gobierno.

Estos son los cambios más destacado que se extrae tras la aprobación por parte de la Comunidad de Madrid del calendario de días inhábiles a efectos del cómputo de plazos en los trámites administrativos para que los madrileños los tengan en cuenta a la hora de hacer sus gestiones relacionados con la Administración regional, ha informado este jueves el consejero de Presidencia, Justicia y portavoz del Gobierno regional, Salvador Victoria.

El artículo 48.7 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, determina que las Administraciones de las comunidades autónomas fijarán, en su respectivo ámbito, el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos, con sujeción al calendario laboral oficial y comprendiendo los días inhábiles de las entidades que integran la Administración local correspondiente a su ámbito territorial.

Por ello, el Gobierno regional ha aprobado por decreto un calendario que comprende dos apartados. El primero se refiere a los días inhábiles en todo el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid que son los siguientes: 1 de enero (Año Nuevo), 7 de enero (lunes siguiente a la Epifanía del Señor), 18 de marzo (traslado de San José), 28 de marzo (Jueves Santo), 29 de marzo (Viernes Santo), 1 de mayo (Fiesta del Trabajo), 2 de mayo (Fiesta de la Comunidad de Madrid), 15 de agosto (Asunción de la Virgen), 12 de octubre (Fiesta Nacional de España), 1 de noviembre (Todos los Santos), 6 de diciembre (Día de la Constitución Española) y 25 de diciembre (Natividad del Señor).

El segundo apartado se refiere a los días que serán, además, inhábiles que establezcan cada uno de los municipios de la Comunidad de Madrid.

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