Navantia señala que siempre ha cumplido la ley del IBI

navantia-logoNavantia subraya que la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre una cuestión prejudicial planteada por un órgano jurisdiccional español acerca de la exención del Impuesto de Bienes Inmuebles deja claro que Navantia siempre ha cumplido la ley aplicable respecto a dicha exención, en los términos dictados por el Tribunal Supremo.

El Tribunal Europeo traslada a la esfera jurisdiccional española la decisión de si dicha exención, teniendo en cuenta el conjunto de factores que concurren en este caso, pudiera constituir una ayuda de Estado. Navantia seguirá defendiendo en las actuaciones ante los Tribunales españoles la inexistencia de ayudas.

Navantia estima oportuno recordar que la exención del IBI se aplicaba a terrenos propiedad del Ministerio de Defensa, sujeto pasivo del citado tributo. La obligación de Navantia consiste en compensar al Ministerio de Defensa por las cantidades que éste deba eventualmente pagar en concepto de IBI, al hacer uso de los terrenos titularidad del citado departamento para realizar sus actividades de construcción naval.

En consecuencia, al margen de la calificación a efectos comunitarios, lo relevante reside en la validez de la referida exención amparada por una norma legal y el aval del Tribunal Supremo.

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